martes, 18 de enero de 2011

PROTECCION A LA VDA. DEL PADRE DE LA PATRIA DOMINICANA FRANCISCO DEL ROSARIO SANCHEZ Y A SU HIJO


DOCUMENTOS HISTORICOS

Parece que 1865 se señaló una pensión de RD $ 600.00 anual a Juan Francisco Sánchez, hijo legítimo de Sánchez y de Balbina de Peña. En 1867 esta pensión le fue retirada, según afirma la Vda. Sánchez en carta que copiaremos a su oportunidad. En el mismo año 1867, por Resolución No. 1081, entre otras personas, se reconcedió pensión por la suma de RD$ 25.00 fuertes, la mitad de la anteriormente concedida, según se afirma, en 1865.

Pero poco después y en el mismo año dicha pensión fue suspendida, por lo que la Vda. Sánchez dirigió una comunicación el 8 de mayo de 1868 al Presidente de la República, que lo era entonces Buenaventura Báez solicitándole que la Resolución del 19 de septiembre de 1867 se restableciera a favor de su hijo. Esa carta, que copiamos, demuestra la penuria en que vivía la Vda. De Sánchez.

Sello cuarto, dos reales, para 1867 y 1868.

Ciudadano Presidente:

La que suscribe, triste viuda de Francisco del Rosario Sánchez sacrificado por la Independencia de su Patria, a V. del modo más respetuoso tiene el honor de exponer que en mil ochocientos sesenta y cinco por resolución del Gral. Maria Cabral señalándosele al hijo único legitimo de su infortunado esposo la pensión de seiscientos pesos fuertes que por duodécimas partes recibía mensualmente y con ella pagaba su educación, atendía a su mantenimiento y cubría aquellas necesidades más indispensables.

En mil ochocientos sesenta y siete, faltando a la humanidad y a la justicia, le fue retirada dicha pensión, por el Congreso Nacional de ese año y a petición de la exponente volviósele a acordar, aunque haciéndole la injusticia de disminuirla por mitad. Decretando que fue, se procedió desde luego al pago de la mensualidad de veinte y cinco pesos fuertes., pero hoy acontece que el Ministro encargado de legalizar las hojas para el tesoro pueda satisfacer la mencionada pensión , se niega a la autorización del pago desconociendo el Decreto: recurre a Ud.

Suplicándole se digne dictar sus superiores órdenes para que ese Decreto de fecha 19 de septiembre del año próximo pasado que le acuerda la suma de trescientos pesos fuertes al hijo del Gral. Francisco del Rosario Sánchez, de la víctima del Cercado, del Mártir de la Restauración, sea puesto en vigor a fin de que el huérfano vuelva a gozar de esa pensión y espero además de la equidad de Ud. Que, cuando el estado del tesoro lo permita le hará una mejora.

La memoria del sacrificio, los sufrimientos de la victima, la barbaridad del sacrificador, la justicia que se debe a las acciones heroicas y la recompensa que la gratitud nacional le adeuda hacen esperar a esta triste desamparada viuda que su solicitud será acogida favorablemente y despachada copn la prontitud que su infortunio reclama.

Dios y Libertad

Viuda Sánchez Santo Domingo 8 del 1868.

Todo parece indicar que aquella solicitud cayó en el vacío

Porque en nuestra Colección de Leyes no figura disposición alguna a favor de dicha Vda. Hasta 1876, cuando en virtud del decreto 1557, gobernando Cabral, quien siempre la amparó, se le otorgó a Balbina de Peña entre otras Vdas. Una pensión de RD $300.00 anuales.

Posteriormente, en 1884, gobernando Ulises Heureaux, se le acordó a la Vda. Una pensión vitalicia de RD $30.00 mensual y una casa cuyo valor no excediera de RD $ 2000.00 para proteger como señalaba la Resolución: “sa la digna Vda. Del general Francisco del Rosario Sánchez”.

La Vda. Sánchez falleció de conformidad con su lápida sepulcral, el 27 de abril de 1895.

En 1925 se le asignó a Don Juan Fco. Sánchez por medio de la Ley 235,una pensión de RD$ 250.00 YEN 1931, en el primer Gobierno del Generalísimo Trujillo, por Ley 125, se le asignó igual suma.

En torno a Francisco del Rosario Sánchez/ Ramón Lugo Lovatón.

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