Buscar este blog

viernes, 11 de febrero de 2011

Refundición de San Juan


En 1574 López de Velasco describe la antigua villa de San Juan de la Maguana como uno de los pueblos despoblados de la Isla. Señala que «ha quedado en él la iglesia y la gente de dos ingenios de azúcar que hay allí juntos» 404. En 1650, Luís Jerónimo Alcocer incluye su valle dentro de la jurisdicción de Azua. Lo califica «de lindo temple, fresco y sano y que algunas veces hace muy gran frío.


Críase en él mucho ganado mayor y se pudiera criar mucho menor porque se cría muy bueno.


Alguno hay y se pudiera criar mucho más si la falta de caudal no lo excusara». Le llamaba la atención la abundancia de caballos cimarrones, de los que «es tanto su número que pone admiración y es una de las maravillas del mundo»405.


En 1690, Carvajal y Rivera solicitan al Rey que se estableciesen en su valle 100 vecinos. Junto con Hincha y Neiba afirma que las de San Juan «son las mejores tierras de toda la Isla, excepto las que hay despobladas desde la ciudad de Santiago hasta El Limonal»406.


Tres años antes, en 1687, Semillán afirma de él que:


«es apto y fertilísimo para todo género de ganados y adonde hubo a los principios opulenta ciudad con título de San Juan, de que hoy permanecen vestigios y ruinas, siendo comprendido en los que inhumanamente se despoblaron por disposición de este gobierno y fuera de indecible consuelo para esta Isla se repoblase de vecinos isleños y de Castila la dicha ciudad con ciento y cincuenta familias que se remitiesen para el efecto destinadas por V.M., cuyo costo sería sólo el de conducirlas, pues el sustento de las dichas dos villas y dueños circunvecinos en dicho valle de San Juan, y esto a muy poco costo, por tener la carne muy de sobra entre los muchos hatos de ganado que allí se mantienen y estancias que se cultivan, que con la misma ayuda de los isleños pueden rendir sobrados frutos para su gasto y mantenimiento de dichas familias, y a poco tiempo se hallará V.M. con este número de gente de armas para cualquier facción y opósito que se ofrezca» 407 .


En 1740 Álvarez de Abreu en su visita pastoral lo describe dentro de la jurisdicción eclesiástica de Azua como «de buen temperamento, para ir a éste se pasan tres ríos muy caudalosos. Sus nombres son Yague, Mijo y Neyba, con distancias de dos leguas uno de otro.


En este valle hay 110 vecinos hombres de armas 180 que viven dispersos en sus haciendas, una ermita dedicada al señor San Juan Bautista bien tratada y capaz y con acuerdo de vuestro presidente puse en ella un capellán para que administre los sacramentos a aquellos vecinos y los entierre, lo que se han obligado a mantener ínterin que Vuestra Majestad, si fuere de su real agrado se sirva dar providencia para que se forme curato porque la necesidad es muy grave en tanto grado que han muerto en dos años más de 200 personas sin sacramentos según certificación remitida a Vuestra Majestad, sobre cuyo asunto volveré a consultar separadamente»408 .


El capitán general Solano, muchos años después, en un oficio, señala que San Juan se fundó en 1733 «sobre el distrito de Azua y sus vecinos han disfrutado también de las tierras que tienen en la parte occidental del río Neiba»409.


Se trataba realmente de su erección en el marco de la ermita de San Juan Bautista.

No cabe duda que en esas últimas décadas se había fortalecido la ocupación del valle de San Juan, al igual que el de Neiba, tanto con el establecimiento de inmigrantes procedentes de Canarias, como por redistribución interna de la población.


La demanda de carne de la colonia francesa y la riqueza y fertilidad de sus llanuras se convertía en un significativo acicate que explica ese aumento demográfico. Precisamente el 24 de mayo de 1740 el obispo Álvarez de Abreu solicitó al Rey la erección de un curato en él. Alegaba el ser habitado por «180 vecinos los más hacendados de toda la feligresía», por verse imposibilitados a concurrir a la iglesia principal de Azua para la participación de los sacramentos a causa de la larga distancia y mediación de crecidos ríos y tener todos sus haciendas en aquel sitio». Por ello «se unieron y por instrumentos se obligaron a mantener con sus bienes un capellán o cura que les administre por no padecer el lamentable desconsuelo de morir sin sacramentos y vivir siempre careciendo del espiritual pasto de sus almas». Con consulta del presidente le habían pedido que nombrase como tal al sacerdote en la capilla dedicada a San Juan Bautista, «colocada en la parte más oportuna que se pueda desear».


El prelado estimaba que era necesaria la erección de un curato separado cuyo sustento correspondería únicamente a sus vecinos, que se han obligado como tales, sin perjuicio alguno al Real Patronato o al erario 410.


Aunque no se encuentra la respuesta del Consejo, es de suponer que se fundó como tal, como aconteció con la propuesta similar de Dajabón. Lo cierto es que ya contaban con un pueblo, en el que se había levantado una ermita cuyo culto corría a cargo de un capellán.

El informe crítico de los vecinos de Azua ya habla al respecto en 1756 de que por «dicha mudada» se han desperdigado tanto que se han levantado dos pueblos, los de San Juan y Neiba, «en donde nos venían nuestra mantención».


Se quejan de su aumento, pues sólo «se había permitido que hubiese un capellán para una urgencia, pero no curato, que no ello lo habían pretendido, ni nuestros antecesores lo hubieran consentido». Por el contrario de los dos valles «han hecho empeño y han conseguido curato y pasar revista porque los jueces de la ciudad de Santo Domingo tanto presidente como la audiencia, en habiendo plata a lo imposible lo hacen posible».

Al entender que era un pueblo de ganaderos solicitan su demolición por no tener por ello derecho a poseer vicario, ya que, «siendo criadores, no puede haber más que un capellán».

Por todo ello quieren «todos los pobres estar unidos y acogidos en nuestra patria y no desperdigados por disposición de malas cabezas, como los sujetos que quedan dichos»411.


Sin embargo, su expansión fue de tal calibre que alcanzó la jurisdicción de villa durante la gobernación de Rubio y Peñaranda. Como refiere Peguero, «se fundó la villa de San Juan de la Maguana con vecinos de la villa de Azua, a poca distancia de donde estuvo la antigua»412.


Como quiera que en 1756 no existía y que éste fue designado en 1758 comandante general de Madrid, tal erección tendría lugar entre tales fechas.


El incendio de la iglesia parroquial el 15 de enero de 1767, sin haberse podido averiguar la causa, es un documento bien ilustrativo de este proceso, que sólo terminaría de confirmarse con el auto de Azlor de 20 de junio de 1760, por el que se separa de Azua con la condición de sufragar 100 pesos para la vigilancia de la zona costera.


Confirma varias cosas, en primer lugar que la erección de la villa fue costeada en exclusiva por sus vecinos tanto en lo referente a su fundación, como en la construcción de su iglesia y sostenimiento de su clero. En segundo lugar que fue aprobada por el gobernador, sin contar hasta ese año todavía con cédula de confirmación real 413.


El incendio llevó a su ayuntamiento a solicitar ayuda para la reparación del templo el 22 de febrero414. De él sólo pudieron escapar el sagrario, las imágenes de la Concepción, San Juan Bautista y Rosario, ésta última con su retablo, un cajón de ornamentos y algunos muebles. En su escrito piden la confirmación de la villa con señalamiento de las armas que debía poseer.


Entienden que, «cuando se libró despacho para que nos arreglásemos en forma de república, dijo V.S. que el señalamiento de armas de que había de usar este cabildo vendría después con la confirmación de Su Majestad.


Siempre hemos esperado esta providencia que hasta la fecha no ha llegado».


En su propuesta sugieren que se les releve de cinco pesos con que contribuían anualmente al abasto de la capital y de 100 pesos de tributo que abonaban cada año a Azua, a cuya jurisdicción estaba antes sujeta, para la satisfacción de las guardias de aquella costa. Ese «gravamen era propio de la villa de San Juan cuando era aldea de la de Azua».


Estas últimas fueron denegadas por el gobernador y ratificadas por el Consejo con el informe del fiscal de 11 de enero de 1768, por ser «en notorio perjuicio de tercero». Sobre la ayuda a la restauración, se estima impracticable.


Es un testimonio que demuestra, por un lado, el proceso de erección de la villa, y por otro, la voluntad de sus vecinos de liberarse del suministro de la capital y de la dependencia de Azua. La corporación sostiene que su constitución «se hizo toda a expensas del vecindario, desembolsando todos a proporción de sus caudales 900 pesos que importó el terreno de su fundación, más de 16.000 que costó el templo quemado con las alhajas de su servidumbre, 14.000 que ha impuesto y repartido entre tres beneficios que sirven otros tres eclesiásticos y ciento que nos obligamos a pagar anualmente a la villa de Azua».


Estima que levantaron «una población tan costosa sin tocar al Real Erario». Las cinco pesas suponen una contribución de reses de las que «no sacan provecho alguno». Al ser «una pensión que, como es grave y continua, nos desmiembra considerablemente las crianzas y por consiguiente los caudales». Les origina un dolor agudo el «sacrificar todos los años cinco pesas que entre nosotros montan un caudal considerable».


Para la Corona estaba claro que era preferente el suministro de la capital, por lo que tal dispensa no producía «buenas consecuencias».


Además supondría un aumento para las pesas de otros pueblos, de lo que «resulta considerable perjuicio de tercero». Sobre el gravamen por la vigilancia de la costa de Azua, con esa condición se separaron de su jurisdicción, como consta del auto de Azlor de 20 de junio de 1760 415.


La evolución en la segunda mitad del siglo XVIII En 1764, el francés Descallier describe San Juan como una villa situada en el centro de la llanura que lleva su nombre, «a la orilla izquierda del río Neyba, casi en el borde de su encajonamiento».


Es «un territorio generalmente liso, interrumpido hacia la parte de Bánica por pequeñas alturas de pendientes agudas, aunque poco elevadas».


Lo define como «un poblado enteramente nuevo», que «se acrecienta todos los días con nuevas casas que construyen los vecinos procedentes de los cercanos hatos, los cuales abundan esparcidos en gran cantidad».


Certifica que puede llegar a ser pronto un pueblo pujante, aunque sus casas no son todavía demasiado numerosas.


La cifra de sus pobladores contrasta con la de la visita, al afirmar que «cuenta con 3.600 habitantes, comprendidos los de los hatos, de ellos sólo unos 300 estarían capacitados para llevar armas».


Nos habla de su rica cabaña ganadera, que «posee no menos de 18.000 vacas y más de 10.000 caballos.


Si sus sabanas son excelentes, sus ganados gozan de fama merecida».


Sin embargo, refleja que su terreno es muy bueno «pero sus habitantes son haraganes y no se dedican a ningún cultivo.


Sólo los isleños conservaron un poco de industria.


En todas parte encontramos sabanas donde pace una inmensa cantidad de ganado»416.

Es ésta la primera referencia a su colonización por parte de canarios, que se verá reforzada con posterioridad, como se puede apreciar con la constitución de una cofradía de la Candelaria y por los testimonios de Moreau de Saint Mery.


Según el censo ganadero de 1744, su cabaña era de 8.687 reses. En 1772 había alcanzado la cifra de 25.000 417.


El incremento anual era de 2.104. Le correspondían al diezmo 191. Del resto, 648 debían dedicarse al fomento de los hatos, 436 al consumo de cada criador, 218 para el abasto de Santo Domingo y 411 para la exportación a la colonia francesa.


Con esos datos se configura como el tercer centro productor, al mismo nivel que Puerto Plata y sólo superado por Hincha y El Seibo, lo que demuestra su importancia como abastecedor de carne al Santo Domingo francés por su posición estratégica en la frontera.

El padrón de 1777 418 es un excelente testimonio del cambio cualitativo experimentado por San Juan en esos años. En un total de 252, había un total de 1.851 personas. De ellas, 1.233 eran libres, 482 varones, 478 hembras y 273 párvulos de ambos sexos. Los esclavos suponían 618, 341 hombres, 227 hembras 227 varones y 50 párvulos. Su evolución demográfica entre 1779 y 1782 era la siguiente: en 1778, 74 bautismos, 28 casamientos y 37 entierros, 13 de ellos de párvulos. Al año siguiente, 73 eran los bautizos, 19 las nupcias y 41 las defunciones, 11 de ellas de párvulos. En 1780, 77 bautismos, diez casamientos y 14 entierros, 13 de ellos de párvulos. En 1781, 80 bautismos, 12 matrimonios y 51 entierros, 22 de párvulos. Finalmente, en 1782, respectivamente 79, nueve y 81, siendo 37 de párvulos.


A diferencia de Azua, los perfiles de su oligarquía eran mucho más notorios. Desde por lo menos 1774, preside su cabildo un teniente justicia mayor con atribuciones similares al de Santiago y con un ámbito de actuación en todo el sur de la región fronteriza.


Por esa fecha es nombrado como tal el capitalino Felipe Gurudi, que desempeña ese cargo hasta 1783, año en el que falleció.


Con una jurisdicción superior a la de los alcaldes ordinarios, traía aparejado el juzgado superior de comisos del Sur. Fue designado como el sellador de negros de mala entrada en 1776.

No es casual ese nombramiento porque responde al afán de la élite capitalina de controlar en su provecho la riqueza ganadera de la región. El mismo Felipe Gurudi se benefició personalmente de la exportación de reses al Santo Domingo francés.

Ya vimos las de los diezmos comarcales que efectuó entre 1773 y 1777. Pero siguió haciéndolo con posterioridad por su cuenta.


En 1778 introdujo 465 y en 1779, 247 419. Pudimos ver al hablar de Hincha la implicación de su padre Matías Francisco Gurudi en las pugnas por el control de ese rico pastel. Por ello, no es tampoco sorprendente que Felipe contrajera nupcias con Ana Leoz-Echalas, sobrina de Gaspar de Leoz o que su hermano José, alguacil mayor de la Audiencia y regidor, enlazase con la hija de Leonardo José Frómesta, relator de ese Tribunal, oficio en el que le sucede su hijo José.


Para completar esa endogamia, Nicolás, el hijo de José, que desempeñó también el empleo de su padre, casó con Juana de Leoz, hija de José de Leoz y otro pariente, Felipe, que fue comandante de Neiba 420. Incluso después de fallecido Felipe, su viuda Ana Ventura Leoz y Echalas, siguió exportando reses, como las 430 que vendió en 1788 y las 149 de 1788 421.

Una minoría de linajes con fuerte tendencia endogámica había copado los cargos públicos en San Juan de la Maguana. En 1783, el alférez real y regidor era Andrés de los Santos, que ejercía interinamente el cargo de teniente de justicia mayor, a consecuencia del fallecimiento ese año de Felipe Gurudi y del alcalde de primera elección, a la espera de la designación del oficial. Bernardino Morantín era el regidor decano, Nicolás García alcalde ordinario de primera elección, el alguacil mayor Pedro de Herrera, el regidor fiel ejecutor Lorenzo de Alcántara. Otros regidores eran Pedro Aquino y el sargento mayor de milicias urbanas, Diego de Alcanzar 422.


Algunas de las familias privilegiadas eran de origen isleño como los Santos, los Herrera o los León, mientras que otras eran criollas como los Morantín, aunque todas ellas estaban enlazadas por pactos matrimoniales.


402 A.H.N. Ultramar. Libros 742, 743 y 751. Libros de la administración de Neiba.


403 A.H.N. Ultramar. Libro 681. Libro de la administración de Las Caobas de 1769 a 1787.


404 LÓPEZ DE VELASCO, J. «Op. cit.». En RODRÍGUEZ DEMORIZI, E. Relaciones históricas... Santo Domingo, 1942, Tomo I, p. 161.


405 ALCOCER, L.J. «Op. Cit». En RODRÍGUEZ DEMORIZI, E. Op. cit. Tomo I, p. 203.


406 CARVAJAL Y RIVERA, F. «Cartas varias». En RODRÍGUEZ DEMORIZI, E. Op. cit. Tomo III, pp. 221.


407 SEMILLAN CAMPUZANO, G. «Memorial». En RODRÍGUEZ DEMORIZI, E. Op. cit. Tomo III, pp. 286.

408 ÁLVAREZ DE ABREU, D.P. «Op cit». En RODRÍGUEZ DEMORIZI, E. Op. cit. Tomo III, p.264-265.


409 A.G.I., SD.1019. Carta del Gobernador José Solano de 24 de septiembre de 1773.


410 A.G.I., SD 317. 24 de mayo de 1740.


411 A.G.I. SD Leg.297.


412 PEGUERO, L.J. Op. cit. Tomo II, pp.13-14


413 A.G.I. SD 978. Expediente sobre el incendio de la iglesia de San Juan de la Maguana el 15 de enero de 1767.


414 A.G.I. Ibídem. Los cargos del Ayuntamiento son una viva muestra de sus élites rectoras. Lo conforman Félix de Herrera, Diego de León, Manuel de Aquino, Marcelo de los Santos, Juan Ramírez, Tomás Ches, Bartolomé Sánchez y Bernardino Morantín. Su escribano y el del público era Diego Lorenzo López.


415 A.G.I. Ibídem.


416 RODRÍGUEZ DEMORIZI, E. Op. cit.. pp. 27-28 y 32.


417 GUTIÉRREZ ESCUDERO, A. Op. cit. p. 143. SEVILLA SOLER, M.R. Op .cit. pp. 133 y 144-145.


418 Reproducido en A.G.I. SD 988. Informe del Cabildo de San Juan de la Maguana de nueve de diciembre de 1783.


419 A.H.N. Ultramar. Libro 770. Libro de la administración de San Rafael de la Angostura de 1774 a 1786.


420 LARRAZABAL BLANCO, C. Op. cit. Tomo III, pp.447-448.


No hay comentarios: