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lunes, 7 de noviembre de 2016

El valor histórico de la Constitución de San Cristóbal.


El Manifiesto del 16 de enero de 1844.
Damocles Méndez Rosado.
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Previó a la redacción de la primera constitución dominicana, existió en Manifiesto del 16 de enero del año 1844 en el que se establecían los lineamientos generales de carácter provisional sobre las razones de motivos para crear un nuevo Estado amparado en un documento donde se enunciaran las primeras declaraciones sobre las cuales los dominicanos sentaban las bases políticas y constitucionales para su nacimiento como nación independiente. Este manifiesto es llamado por diferentes estudiosos de la historia del constitucionalismo dominicano como un texto de carácter provisional y pre constitución. El manifiesto del 16 de enero emanó de las directrices de la Junta Central Gubernativa, gobierno provisional que dirigió los asuntos de la nación hasta tanto sea creado en forma definitiva el Estado nacional.
El manifiesto del 16 de enero del 1844, se constituye en un documento de carácter político de transiciòn, en que se amparó la Junta Central Gubernativa para desarrollar sus ejecutorias como gobierno provisional, hasta la promulgación de la ley fundamental de San Cristóbal del 6 de noviembre del 1844.
La carta magna llamada de San Cristóbal tiene su origen en el mismo proceso de nacimiento del sentido de la dominicanidad que caminó en los hombros de los hombres y mujeres que el 27 de febrero anunciaron con toque de tambores y un estruendoso trabucazo el nacimiento de la república. El manifiesto es uno de los documentos constitucionales primario orientado a dotar a la nación dominicana de un armazón político como garantía para en nacimiento de una ciudadanía construida en los lineamientos generales de los aires liberales que soplaban en el continente.
El manifiesto del 16 de enero del 1844 para diferentes autores fue el resultado de la alianza entre sectores conservadores y liberales. Se observa que entre los firmantes de este documento están los trinitario Francisco del Rosario Sánchez, Matías Ramón Mella y otros.
Este manifiesto es un documento de vital importancia en la historia constitucional dominicana por ser el primer ensayo jurídico y político en virtud del cual se trazaron los principios fundamentales de carácter provisionales y sirvió de instrumento legal para la Junta Central Gubernativa como órgano de dirección de la nueva república en su etapa embrionaria. A Este documento se le llamo Pre constitución, pues estableció los lineamientos generales previos a la elaboración de la Constitución de San Cristóbal del 6 de noviembre de 1844. La Junta Central Gubernativa legalizó sus acciones de carácter administrativo, expidió resoluciones y otras gestiones de gobierno amparada en la legalidad que le proporcionaba este manifiesto.
El Manifiesto del 16 de enero proclama la separación definitiva de la nación dominicana de Haití, enarbolando la idea de la independencia plena, bajo la organización de un Estado Republicano al tiempo que dividía la naciente República en cuatro provincias. En uno de sus párrafos este Manifiesto señalaba:
“Los dominicanos han resuelto separarse para siempre de la Repú¬blica de Haití, para proveer su seguridad y conservación constituyéndose bajo sus antiguos límites en Estado libre y soberano. El cual bajo sus leyes fundamentales protegerá y garantizará el sistema democrático, la libertad de los ciudadanos, aboliendo para siempre la esclavitud y consagrando la igualdad de derechos civiles y políticos sin atender a las distinciones de origen y nacimiento”.
Este manifiesto o declaración de derechos de los habitantes de la parte este de la isla de Santo Domingo emplea el termino separación en lugar de independencia a este respecto diferentes estudiosos del constitucionalismo dominicano sustenta la idea de que al emplear este término en el manifiesto, querían expresar que el acto de proclamación del Estado independiente de Haití y de España de Núñez de Cáceres fue el primer movimiento de la independencia nacional como lo señala.
Existe en la idea de los redactores de este documento constitucional una clara conciencia de la creación de un Estado organizado conforme a los postulados del liberalismo político. Es notoria la marcada influencia de la tradición constitucional europea y de los principales teóricos de la filosofía política que inspiró en nacimiento de los Estado moderno.

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