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jueves, 3 de noviembre de 2016

Presentación de la Obra: “Duarte Jurista” de Alfonso Torres Ulloa.-






“…Y en fin, Juan Pablo, la historia dirá que fuiste el único vocal de la Junta Central Gubernativa, que, con una honradez a toda prueba, se opuso a la enajenación de la península de Samaná. La oposición a la enajenación de... Samaná es el servicio más importante que se ha prestado al país y a la Revolución...” (Juan Isidro Pérez, 23 Diciembre 1845).


Por Eliodoro Peralta



La edición de este opúsculo cuenta, como valor agregado, con prólogo de la Dra. Miriam Germán Brito, ciudadana de ideas progresistas, profesora de varias promociones de abogados que preside en la actualidad la Sala Penal de Nuestra Suprema Corte de Justicia.....................................................

La literatura duartiana data de finales del siglo XIX, con motivo de las publicaciones sobre el prócer que realizaran intelectuales como Fernando Arturo de Meriño, Emiliano Tejera y Federico Henríquez y Carvajal; quienes también clarificaron la cuestión de la proceridad en nuestro pasado Republicano. En efecto, para 1889, en el marco de la “controversia histórica” sostenida desde los periódicos “Ecos de Opinión” y “El Teléfono” correspondió a don José Gabriel García, silenciar las pretensiones santanistas de Manuel de Jesús Galván (1).................................... 

La bibliografía duartista tiene en Alfonso Torres Ulloa, una digna representación; sus obras anteriores “Duarte. Reto de los Democráticos” y “Duarte desde la Palabra”, dadas a la estampa en los últimos años, así lo acreditan. Este “Duarte Jurista”, que ahora presentamos a la consideración de ustedes, constituye su última divulgación..............................................

En “Duarte Jurista”, subrayamos la originalidad de su tesis principal: la faceta jurídica del fundador de la República Dominicana. No se trata de una extrapolación antojadiza de su vida intelectual; más bien asistimos a una nueva vertiente de la personalidad duartiana, soslayada hasta el día de hoy por la mayoría de sus pageniristas. “El Duarte Constitucionalista” que resaltan en los últimos tiempos algunos historiadores y conferencistas, apenas sugiere su pensamiento jurídico...........

Aunque siempre tuvimos a la vista el perfil jurídico del patricio; parecería que nunca nos detuvimos a contemplarlo en su justa dimensión doctrinal y filosófica. El proyecto de constitución que ha llegado hasta nosotros, cuyo articulado analiza a profundidad Torres Ulloa, desde las páginas de esta obra, se nos presenta, en función de su contenido, deslumbrante como una estatua esculpida para la posteridad....................

El tratadista cubano, Fernando Diego Cañizares,  sostiene que ”...Las ideas políticas encuentran personificación directa en las leyes... el cambio... de las concepciones políticas, se refleja también en la conciencia jurídica... Cuando la burguesía revolucionaria de los siglos XVII y XVIII en sus luchas contra el absolutismo monárquico enarboló sus ideas políticas bajo el influjo de las mismas elaboró también los principios del Derecho burgués, que se plasmaron en el sistema jurídico cuando aquella tomó el Poder Político...”(2). Simón Bolívar, vertió sus ideas republicanas y democráticas en las constituciones de la “Gran Colombia” y Bolivia, proclamadas en 1819 y 1826. Juan Pablo Duarte, recurrió a las categorías del derecho publico, para fundamentar la constitución política del estado que el vislumbraba, para el Santo Domingo independiente.................

Allí donde la historiografía tradicional resalta, con eufemismo, “La Faceta Dinámica de Duarte”(3) radican precisamente su accionar revolucionario y doctrina anticolonialista, componentes esenciales de su legado político.................................

Ahora bien, a propósito del “Duarte Jurista”, cabe preguntarnos ¿Cómo se formaron nuestros abogados durante la dominación haitiana?.......................................................

La clausura de la universidad Santo Tomás de Aquino en 1823, obstaculizó pero no impidió la formación jurídica de los jóvenes de filiación trinitaria. La enseñanza superior se desplazó a los traspatios, salones de viviendas familiares y demás recintos privados de la centenaria ciudad colonial. “...La llama de la vieja cultura no se extingue... Esa llama, viva aún tras los escombros humeantes de la Patria, se comunica de cerebro en cerebro, y corre de generación en generación, sin sostén institucional...”(4); sobresaliendo, como preceptores de aquella promoción de togados, figuras como Pedro Valera Jiménez, Andrés López de Medrano, José Joaquín del Monte, José Gabriel de Aybar, Francisco González Carrasco y Juan Vicente Moscoso, el “Sócrates dominicano”, según refieren sus discípulos.......................

José Gabriel García y Roberto Cassá, coinciden señalando que para entonces los “...estudios de derecho también se hacían de manera personal con un abogado ya establecido...”(5)....................

Para aquellos letrados, formados dentro de esa informalidad pedagógica, la falta de titulación académica devino irrelevante; su profesionalidad quedó templada al fragor de las contiendas libradas posteriormente en las barras del pretorio...............

Los laureles de Sánchez, reverdecieron en el escenario jurisdiccional en 1852, con motivo de su célebre defensa, del señor Víctor Georges, invocando para tales fines, la excusa legal del homicidio que consagraba el articulo 324 del Código Penal de la Restauración Borbónica(6). Un magistrado de la actualidad observa en esta dirección que “...El sistema jurídico galo se convirtió en paradigma, en modelo de inspiración en el mundo occidental. Los próceres de la independencia nacional admitieron la superioridad de ese derecho al desestimar la readopción de las leyes españolas...”(7)...........................................

Para julio de 1861, los destinos trágicos de ambos personajes confluirían en el mismo contexto de inmolación, “...Se vio entonces un caso que debió de conmover a la doliente sociedad dominicana: Víctor Georges tomaba el camino de la frontera y en el trayecto caía en manos de los soldados de Santana. Su honor ya estaba limpio de toda mancilla, y ahora iba a exponer la vida por su valiente defensor. Para el agradecido militar, la honra bien valía el precio de la vida...”(8), observa, con su acostumbrada maestría, Emilio Rodríguez Demorizi.............................. 

Pedro Alejandrino Pina, “el patriota incansable” que blandió su espada en las tres jornadas emancipadoras  dominicanas del siglo XIX, ya para 1865 en la primera administración de Cabral, figuraba entre los jueces miembros de la Suprema Corte de Justicia, prueba irrebatible del que guerrero se había trocado en profesional del derecho.........................................

La absolución de Gregorio Duvergé, en el primer proceso judicial o intento de fusilamiento que la camarilla santanista instrumentara en su contra en 1849, habría bastado para consagrar a Félix Maria del Monte, como tribuno imbatible del foro nacional. Este último jurisconsulto, confirma la formación jurídica de Juan Pablo Duarte, precisando que “...No habiendo podido formarse en la Universidad... pasó a estudiar con uno de los profesores de aquella antigua Sorbona Americana, con el sapientísimo Dr. Moscoso, y ya por los años de 1827 ó 28 concluía las asignaturas de Filosofía y entraba a estudiar el Derecho Romano... Víctima Moscoso de una celada del General Borgellá y deportado en 1830 con... Valera y un crecido número de individuos, el joven Duarte vió malograrse en un instante sus más risueñas esperanzas y destruidas las ilusiones que había formado sobre sus adelantos. Más de 125 jóvenes de todas edades sufrieron el mismo desencanto, y todos... a excepción de uno que otro marcharon al destierro con su virtuoso Profesor, que retirado a Santiago de Cuba continuó su magisterio hasta su muerte acaecida en...” 1839 (9)..................................................

El antiguo tesorero de la trinitaria, también nos dice por qué el “Duarte Jurista”, no ejerció la profesión de abogado. Citémosle, “...una voz... secreta al par que profética le decía que no era la aridez del Derecho Romano ni las contradictorias discusiones de una legislación... el círculo estrecho en que debía encerrarse su vasta inteligencia. Amigo del hombre, idólatra de sus imprescriptibles derechos, dotado de un alma de héroe y de mártir su vocación le llamaba al estudio de las ciencias sociales. En vez de gastarse en un estrado debía tronar en la Tribuna política, en vez de defender rencillas o miserias particulares debía abogar por los grandes intereses de la humanidad: en vez de tener tres o cinco Magistrados por espectadores debía perorar ante pueblos oprimidos, en vez de dinero y los aplausos debía obtener sarcasmo, maldiciones, ingratitud...”...................

En resumidas cuentas, y como alguien expresara, los hechos históricos no dejan de existir porque se les ignore. Démosle pues la merecida bienvenida, a este nuevo aporte bibliográfico sobre una vertiente casi desconocida de Juan Pablo Duarte..............

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